Los principales órganos de nuestro centro educativos son los siguientes:
Equipo directivo
Claustro
Consejo escolar
El Consejo Escolar del centro tendrá las siguientes competencias:
a) Aprobar y evaluar los proyectos y las normas a los que se refiere el capítulo
II del título V de la presente Ley.
b) Aprobar y evaluar la programación general anual del centro, sin perjuicio de
las competencias del Claustro del profesorado, en relación con la planificación
y organización docente.
c) Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección
presentados por los candidatos.
d) Participar en la selección del director o directora del centro, en los
términos que la presente Ley establece. Ser informado del nombramiento y cese
de los demás miembros del equipo directivo. En su caso, previo acuerdo de sus
miembros, adoptado por mayoría de dos tercios, proponer la revocación del
nombramiento del director o directora.
e) Decidir sobre la admisión de alumnos y alumnas, con sujeción a lo establecido
en esta Ley y disposiciones que la desarrollen.
f) Impulsar la adopción y seguimiento de medidas educativas que fomenten el
reconocimiento y protección de los derechos de la infancia.
g) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan los estilos de vida saludable,
la convivencia en el centro, la igualdad efectiva de mujeres y hombres, la no
discriminación, la prevención del acoso escolar y de la violencia de género y
la resolución pacífica de conflictos en todos los ámbitos de la vida personal,
familiar y social.
h) Conocer las conductas contrarias a la convivencia y la aplicación de las
medidas educativas, de mediación y correctoras velando por que se ajusten a la
normativa vigente. Cuando las medidas correctoras adoptadas por el director o
directora
i) Promover progresivamente la conservación y renovación de las instalaciones
y equipo escolar para la mejora de la calidad y la sostenibilidad y aprobar la
obtención de recursos complementarios de acuerdo con lo establecido en el
artículo 122.3.
j) Fijar las directrices para la colaboración, con fines educativos y
culturales, con las Administraciones locales, con otros centros, entidades y
organismos.
k) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del
rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en
las que participe el centro.
l) Elaborar propuestas e informes, a iniciativa propia o a petición de la
Administración competente, sobre el funcionamiento del centro y la mejora de la
calidad de la gestión, así como sobre aquellos otros aspectos relacionados con
la calidad de la misma.
m) Aprobar el proyecto de presupuesto del centro.
n) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa.
COMPOSICIÓN DEL CONSEJO ESCOLAR (Curso 2023-24) Presidente: JUAN PABLO RODRÍGUEZ CARRILLO J. Estudios: LOURDES CUELLO PINTADO Secretaria: LEONOR NOGALES ORTIZ Representantes del profesorado ANTONIO JOSÉ BARRERO JARA SANDRA SÁNCHEZ NÚÑEZ OLALLA QUINTANA QUINTANA MARÍA FRANCISCA CENTENO MALAVÉ NURIA SÁNCHEZ NÚÑEZ ALEJANDRO ROMERO GARROSA Representantes de padres: MARIA LUISA PAREDES RODRÍGUEZ ANA MARÍA GILGADO GARCÍA ROSA MARÍA JARA CENTENO Representantes de los alumnos MARÍA FERNÁNDEZ TENA MARIO CARMONA LÓPEZ-ZUAZO FELIPE GARCÍA CENTENO LAURA BARRERO MONDÉJAR Representante del Personal de Administración y Servicios ANTONIA MARÍA LÓPEZ MÉNDEZ Representante del Ayuntamiento: MOTIÑO RODRÍGUEZ, ANTONIO | |